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Fiscal

La Ley General Tributaria 58/2003. Aplicación de los Tributos

Quedan regulados por la nueva Ley los siguientes procedimientos:

< Gestión Tributaria

- Práctica de devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo

- Verificación de datos

- Comprobación de valores, donde queda regulada la tasación pericial contradictoria

- El procedimiento iniciado mediante declaración, en la que se ponga de manifiesto la realización del hecho imponible

< Nueva Comprobación Limitada

- Este procedimiento limita las actuaciones que se pueden realizar, con la exclusión de la comprobación de documentos contables , los requerimientos a terceros para captación de información y la realización de investigación fuera de las oficinas del órgano actuante

- Es relevante en el procedimiento mencionado anteriormente dejar constancia de los extremos comprobados y las actuaciones realizadas a efectos de un posterior procedimiento inspector

< Actas con Acuerdo

- Su objetivo son los supuestos de especial dificultad en la aplicación de la norma al caso concreto o para la valoración de elementos de la obligación tributaria. La suscripción del acta perfecciona el acuerdo, para lo cual se necesita  la autorización del órgano competente para liquidar y la constitución de un depósito, de una aval o un seguro de caución.

- En caso de imposición de sanciones se aplica una reducción del 50% sobre el el importe de la sanción, la liquidación y la sanción no podrán ser objeto de recurso en vía administrativa

 

 

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