Las Funciones del Administrador Corresponden al Administrador las funciones que se detallan a continuación: - Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los Tribunales - Preparar con la debida antelación y someter a la Junta el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos - Atender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes - Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que procedentes - Actuar, si fuese necesario, como Secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la Comunidad Volver arriba Volver índice |