La Contabilización y Devolución de las Subvenciones Oficiales Las subvenciones oficiales deben ser reconocidas siempre que exista la seguridad de que: - La empresa cumpla las condiciones necesarias para disponer de ellas, tales como la efectiva y real inversión o realización de determinados trabajos - Se dispondrá de la subvención Es necesario tener en cuenta lo mencionado anteriormente, ya que la simple obtención de una subvención no es evidencia suficiente de que las condiciones que fundamentaron su concesión hayan sido o serán cumplidas en un futuro. La forma concreta de recepción no tiene influencia sobre el método contable a adoptar con la misma, por tanto a efectos contables tiene el mismo tratamiento: - Si se recibe en efectivo - O si disminuye cualquier deuda que se tuviera con la Administración Las subvenciones oficiales deben reconocerse como ingresos durantes los ejercicios necesarios con el objetivo de sean compensadas con respecto a los costes relacionados, es conveniente señalar que lo recibido en concepto de tales subvenciones no puede ser contabilizado de forma directa en el patrimonio. Si una subvención se recibe con el objetivo de compensar gastos o pérdidas o para prestar apoyo financiero a la empresa, pero sin costes relacionados, se debe reconocer en la cuenta de resultados del ejercicio en el cual se convierte exigible. Devolución de las subvenciones oficiales Según las Normas Internacionales de Contabilidad cualquier subvención que sea reembolsable en el futuro debe tener el tratamiento contable de revisión de una estimación contable y por tanto la devolución de una subvención relacionada con ingresos debe tener como contrapartida cualquier ingreso diferido contabilizado en relación con la subvención. Es necesario señalar que la devolución de subvenciones oficiales se fundamenta, independientemente del momento de concesión, en la no realización de las inversiones o de los trabajos acordados con la Administración. Volver arriba Volver índice |